Beneficio tributario Ley N°21.631
¡Buenas noticias para quienes sueñan con tener su propio hogar! Desde el 1 de noviembre de 2023, la Ley N°21.631 trae consigo un beneficio tributario transitorio y extraordinario para aquellos que adquieran viviendas nuevas con créditos hipotecarios. Aquí te presentamos una guía rápida y sencilla para entender cómo puedes aprovecharlo:
Índice
1. ¿Quiénes pueden beneficiarse?
Personas naturales con residencia o domicilio en Chile, que adquieran una vivienda con destino habitacional, mediante un crédito con garantía hipotecaria, con bancos o instituciones financieras.
2. ¿Cuáles son los requisitos?
1.- Que se trate de la primera venta efectuada sobre la vivienda.
2.- Que la vivienda adquirida se encuentre construida y con recepción final conforme, al 01 de noviembre de 2023, salvo que exista un contrato de promesa de compraventa que conste en escritura pública o documento protocolizado suscrito con fecha posterior al 16 de octubre de 2023.
3.- Que la compraventa se celebre a partir del 01 de noviembre de 2023.
4.- Que la vivienda se encuentre inscrita a nombre de la persona beneficiaria en el Conservador de Bienes Raíces respectivo, antes del 01 de octubre de 2024, salvo que se trate de la compra de una vivienda efectuada por un beneficiario de un subsidio habitacional otorgado por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
3. ¿En qué consiste el beneficio tributario?
Consiste en un crédito anual, cuyo monto será el menor entre los dividendos efectivamente pagados por concepto del crédito con garantía hipotecaria dentro del año comercial respectivo y el equivalente a 16 unidades tributarias mensuales, según su valor al mes de diciembre del año respectivo.
4. ¿Cómo afecta a los impuestos?
El crédito se puede aplicar en contra del Impuesto Global Complementario e Impuesto Único de Segunda Categoría, cuyo excedente es susceptible de devolución.
5. ¿Cuándo y por cuánto tiempo se puede utilizar el beneficio?
El beneficio tributario podrá ser utilizado en los años tributarios 2024, 2025, 2026, 2027, 2028 y 2029.
6. ¿Existe alguna limitación?
El crédito podrá ser utilizado respecto de una sola vivienda adquirida con crédito con garantía hipotecaria. En caso de que la persona haya adquirido una o más viviendas susceptibles de acceder a la franquicia, podrá acogerse al beneficio respecto de sólo una de ellas.
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