Boletín novedades tributarias abril 2023.

Se presentan novedades tributarias en Chile, enfocadas en los servicios de la Tesorería General de la República (TGR). Estos cambios incluyen el proceso de prescripción de deudas tributarias, la excepción de prescripción y el abandono del procedimiento.

¿Sabías que existen distintas formas de alegar la prescripción de la acción de cobro de las obligaciones tributarias? ¿Cuáles son los casos en los que puedes solicitar una excepción de prescripción y cómo se resuelve?

Compartimos con ustedes nuestro boletín con las más recientes novedades en temas tributarios. Los principales temas abordados en el boletín y tres opciones para defender tus derechos respecto a deudas tributarias:

Contenidos Boletín Tributario Abril

1. Acción de Prescripción de Deudas Tributarias.

Este servicio guarda relación con obtener la declaración de prescripción por parte de un Tribunal Civil, respecto de la acción de cobro de obligaciones tributarias, cuyo titular es la Tesorería General de la República.

Lo anterior, implica interponer una demanda en contra de la Tesorería General de la República ante un Tribunal Civil, solicitando la declaración de prescripción de las acciones de cobro de las deudas fiscales que se contienen en el certificado de deuda del contribuyente.

En lo que respecta a los plazos de prescripción, por la regla general, son tres años, sin embargo, esto puede cambiar dependiendo de algunos factores, por ejemplo, del hecho de que el contribuyente haya suscrito convenio de pago con la Tesorería General de la República, en donde el plazo se amplia a cinco años.

Ahora bien, una vez que se declarara la prescripción de la acción de cobro por parte del Tribunal Civil, y la resolución se encuentra firme y ejecutoriada, es necesario solicitar a la Tesorería General de la República que elimine la deuda de la cuenta única del contribuyente, de modo que las deudas cuyas acciones fueron declaradas prescritas, ya no se consideren en el certificado de deudas.

En síntesis, este servicio comprende la representación del contribuyente en toda la primera instancia ante el Tribunal Civil, como también la defensa ante los Tribunales Superiores de Justicia, puesto que es usual que la Tesorería General de la República recurra en contra de las sentencias.

2. Excepción De Prescripción De La Acción De Cobro.

Otro modo de alegar la prescripción de la acción de cobro de las obligaciones tributarias consiste en interponerla como excepción en el mismo procedimiento de cobro llevado a cabo por la Tesorería General de la República.

Para ello se cuenta con un plazo de 10 días hábiles administrativos, contados desde la notificación personal o desde el embargo.

En lo que respecta a los plazos de prescripción de la acción de cobro, por la regla general, son tres años, sin embargo, esto puede cambiar dependiendo de algunos factores.

Una vez interpuesta la excepción de prescripción, la misma Tesorería General de la República la resuelve. En caso de que se rechace, la Tesorería General de la República tiene la obligación se remitir los antecedentes a un Tribunal Civil, para que se pronuncie en definitiva respecto a la excepción, cuya sentencia en recurrible.

En síntesis, este servicio comprende la representación del contribuyente en toda la primera instancia ante la Tesorería General de la República y el Tribunal Civil, como también la defensa ante los Tribunales Superiores de Justicia.

3. Abandono del procedimiento

Esta institución que se encuentra regulada en el Código de Procedimiento Civil, es plenamente aplicable en los procedimientos de cobro de obligaciones tributarias, lo cual ha sido reafirmado por la jurisprudencia nacional.

Lo anterior, es una sanción en caso de que la Tesorería General de la República haya mantenido una inactividad en el juicio por más de seis meses o tres años, dependiendo de que si se opusieron o no excepciones.

El abandono del procedimiento debe ser alegado por el contribuyente, tanto en sede administrativa como civil, dicho de otra forma, se puede interponer el incidente ante la Tesorería General de la República y/o ante los Tribunales Civiles, dependiendo del estado procesal del expediente de cobro.

El efecto de la declaración del abandono del procedimiento por medio de sentencia firme y ejecutoriada, implica que el juicio no sigue adelante, perdiéndose todo lo obrado en él, como si nunca hubiese existido.

Lo precedente, no se traduce directamente en la prescripción de la acción de cobro de las obligaciones tributarias, pero si habilita a que ésta sea alegada a través de acción o excepción.

En síntesis, este servicio comprende la representación del contribuyente en ante la Tesorería General de la República y/o el Tribunal Civil, como también la defensa ante los Tribunales Superiores de Justicia.

Los invitamos cordialmente a descargar nuestro boletín del mes de abril para acceder a la información completa.

En caso que quieras contratar algún servicio tributario, nuestros abogados especializados te guiarán y apoyarán durante todo el proceso.

Suscríbete a nuestro Boletín

Recibe actualizaciones respecto a derecho tributario que puedan afectarte a ti y a tu empresa. Somos especialistas en derecho tributario y podemos ofrecer soluciones innovadoras y de alta calidad. ¡Suscríbete!