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Les presentamos a continuación, el boletín correspondiente al mes de octubre realizado por Andrés Galaz, abogado socio de nuestro estudio. El cual aborda los siguientes temas consultados al SII:
Se consulta al SII, sobre el tratamiento tributario aplicable a préstamos obtenidos por la empresa, con el fin de uso particular del socio o dueño de dicha empresa.
Es así, que por medio del Oficio N° 2450 de fecha 14 de septiembre de 2023, el Servicio de Impuestos Internos, concluye:
En específico, expone que una empresa, a través de su sitio web, va a poner anuncios en Google, por los cuales percibirá un pago de esta última.
En este contexto, consulta qué tipo de documentos se deben emitir y si dicha prestación se encuentra afecta a IVA.
Es bajo este escenario, que el SII a través del Oficio N° 2444 del 14 de septiembre del año 2023, señaló que:
En el caso en particular, se menciona que se pretende vender un lote adjudicado en 2023 en la liquidación de una comunidad, producto de la subdivisión realizada en 2022 de un predio adquirido en 2014.
Así las cosas, se consulta cuál es la fecha de adquisición del bien raíz para los efectos de contar el plazo de uno o cuatro años establecido en el numeral iv) de la letra b) del N° 8 del artículo 17 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
Es bajo este contexto, que el Servicio de Impuestos Internos en su Oficio N° 2437 del 14 de septiembre de 2023, concluyó que:
El contribuyente expone que el inciso primero del artículo 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) faculta al Director del Servicio para calificar previamente de necesarios, a su juicio exclusivo, los gastos incurridos en la adquisición o arrendamiento de automóviles, station wagons y similares, cuando no sea este el giro habitual del contribuyente y en combustibles, lubricantes, reparaciones, seguros y, en general, todos los gastos para su mantención y funcionamiento.
Es así, que se plantea que dicha autorización opera únicamente en relación con automóviles, station wagons y similares adquiridos o arrendados, mas no en otros casos.
Por lo anterior, es que el Servicio a través del Oficio N° 2439 de fecha 14 de septiembre de 2023, afirma que:
En el particular, se expone que una sociedad desarrolla diversos proyectos inmobiliarios desde la etapa de proyecto, la construcción y hasta su venta final, para cuyo propósito se requieren importantes flujos financieros (préstamos).
De esta forma, pregunta cuál es el tratamiento tributario de dichos intereses, tomando en consideración los activa, reconociéndolos como costos desde el inicio de este proyecto hasta su recepción municipal.
En base a lo expuesto el Servicio de Impuestos Internos, a través de su Oficio N° 2483 de fecha 22 de septiembre de 2023, aclara que:
Se ha solicitado al Servicio un pronunciamiento sobre el tratamiento tributario aplicable a la renuncia y donación de derechos de aprovechamiento de aguas.
Al respecto el Servicio a través de su Oficio N° 2443 de fecha 14 de septiembre de 2023, concluyó que:
Los invitamos cordialmente a descargar nuestro boletín del mes de octubre para acceder a la información completa en PDF.
En caso que quieras contratar algún servicio tributario, nuestros abogados especializados te guiarán y apoyarán durante todo el proceso.
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Estudio jurídico especializado en Derecho Corporativo y Tributario.